skip to main| Inicio | Versión Móvil | Contacto | RSS
 
   
 
 


División de Seguridad Regional

Atribuciones


Corresponde a la División de Seguridad Regional :

  • Mantener informado al Comisionado General de la situación de la seguridad pública en el territorio nacional, en el ámbito de competencia de la institución, a través del diagnóstico permanente, debiendo establecer los procedimientos correspondientes;

  • Diagnosticar permanentemente la situación de la seguridad pública, en los espacios federales a que alude el artículo 8, fracción III, de la Ley;

  • Establecer los procedimientos para elaborar un diagnóstico del estado de la seguridad pública en el territorio nacional en el ámbito de su competencia y mantener oportuna e integralmente informado al Comisionado General sobre el particular;

  • Establecer los sistemas de información que se requieran para apoyar las tareas y actividades de las Coordinaciones Estatales;

  • Establecer mecanismos para el intercambio de información en materia de infracciones, con autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno;

  • Diseñar las políticas para el uso y seguridad de la información que se requieran para generar inteligencia estratégica en las Coordinaciones Estatales que permita prevenir y, en el ámbito de su competencia, combatir la comisión de delitos, así como apoyar las tareas de la Institución;

  • Coordinar la elaboración, análisis y evaluación del Programa de Desarrollo Estratégico de la Institución en las Coordinaciones Estatales; analizar y evaluar sus resultados, así como interpretarlos para mantenerlos actualizados;

  • Planear y programar las operaciones y la prestación de servicios de las Coordinaciones Estatales, estableciendo y adecuando los mecanismos que permitan su óptimo desarrollo; asimismo, elaborar planes de contingencia para casos específicos de seguridad pública, que orienten y apoyen al Comisionado General en la toma de decisiones;

  • Ordenar los cambios de adscripción de los Integrantes en las Coordinaciones Estatales, así como su asignación en las unidades e instalaciones en el territorio nacional que, por naturaleza propia de sus funciones y las necesidades del servicio, se requieran;

  • Realizar en forma permanente la supervisión del despliegue operativo y funcional de los Integrantes de la Institución en las Coordinaciones Estatales;

  • Establecer con los gobiernos locales y municipales, a través de los operativos coordinados, los mecanismos de supervisión, control y aprovechamiento de los recursos, con la finalidad de homogeneizar los trabajos policiales de las Coordinaciones Estatales;

  • Captar, requerir, coordinar y procesar la información, así como realizar los estudios y proyectos para el cumplimiento de sus atribuciones;

  • Transformar las decisiones y directivas del Comisionado General en órdenes específicas y supervisar su estricto cumplimiento en las Coordinaciones Estatales;

  • Dar seguimiento a los acuerdos derivados de la firma de convenios de colaboración con otras autoridades;

  • Diseñar y evaluar los métodos de análisis de información para generar Inteligencia estratégica en las Coordinaciones Estatales, que permita prevenir y combatir la comisión de delitos;

  • Diseñar las políticas de seguridad en cuanto al manejo de la información y coordinar los mecanismos de control en las Coordinaciones Estatales;

  • Establecer las políticas y estrategias que garanticen la seguridad y funcionamiento de las instalaciones estratégicas ante eventos de origen natural o intencional que signifiquen riesgo para las mismas, proponiendo la incorporación de criterios básicos de seguridad en el manual correspondiente;

  • Expedir los lineamientos de operación conforme a los cuales los Integrantes, bajo el mando de las Coordinaciones Estatales, impondrán las sanciones por violación a las disposiciones que regulan el tránsito en caminos y puentes federales, así como la operación de los servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado, cuando los vehículos circulen en la zona terrestre de las vías generales de comunicación;

  • Establecer los procedimientos para la adecuada aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias relativas al tránsito y seguridad en caminos y puentes federales, así como en la zona terrestre de las vías generales de comunicación;

  • Establecer, con el área de Asuntos Jurídicos, los criterios y lineamientos que las Coordinaciones Estatales deberán aplicar para resolver los recursos de revisión que se interpongan con motivo de la imposición de sanciones, y

  • Las demás que le confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior de quien dependa.


Última modificación: 12 de Agosto de 2010 11:40 hrs.
por: Dirección General de Comunicación Social
 
 

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, MÉXICO - ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2010 - POLÍTICAS DE PRIVACIDAD

 

Av. Constituyentes #947 Col. Belén de las Flores, Del. Álvaro Obregón
Distrito Federal CP. 01110 Tel. (55)1103 6000
- Comentarios sobre este Sitio de Internet Contacto